A veces en el Parlamento, sin asesores en ninguna materia, uno puede llegar a sentirse perdida y a dudar de lo que está votando en cada momento. Sin embargo, en lo relacionado con la conservación de la naturaleza tenemos la inmensa suerte de contar con uno de los mayores expertos que hay en la política canaria en esa materia, Don Jose Miguel González, además Presidente del Grupo de CC. A él le debo la seguridad que sentí al votar a favor de la Ley del Catálogo que tanto debate está suscitando. Y a él le debo la mayor parte de las cuestiones que sé sobre conservación.
Aunque el tema de la conservación es complejo, de un modo muy simplificado podemos explicar que lo que hay que proteger son las formaciones naturales, con más precisión: los ecosistemas.
Dicho de otro modo, cuando busco un desarrollo sostenible es obvio que no puedo protegerlo todo, ya que las actividades humanas, incluso en las sociedades primitivas, se desarrollan alterando el medio ambiente, con mayor intensidad cuanto mayor sea la población y por lo tanto sus necesidades, tanto más cuanto se avanza en lo que se llama civilización y se pasa de una economía de subsistencia a una de muchos usos superfluos, que devienen en pseudo necesidades.
Por ello cuando planteamos una política de conservación lo primero que hemos de realizar es un inventario sistemático de los ecosistemas supervivientes (territorios y poblaciones que los ocupan). Una vez hecho este inventario y valorado, hay que elegir los más representativos y los que están en mejores condiciones de conservación y retirarlos total o parcialmente del consumo humano; de ahí los parques nacionales, los parques naturales, las reservas y en general los espacios protegidos por razones geológicas, biológicas o simplemente culturales.
A nivel europeo, siempre simplificando, es el objetivo de la directiva hábitats, Cuando se protegen los hábitats (LICs O ZEC) no se pretende sólo proteger el territorio, sino las comunidades que lo habitan y, en consecuencia, las especies que conviven en el territorio, o sea todo el ecosistema.
Si partiéramos de una situación primigenia, sin previa alteración de origen antrópico, con ello habríamos alcanzado la meta. Pero la realidad es otra; hay ecosistemas que han sido destruidos por motivos agrícolas o industriales o simplemente poblacionales y tampoco los LICs están en perfecta condiciones y por ello hay que bajar el análisis al nivel de les especies.
Es muy posible que en los espacios que hayamos protegido por la influencia de las actividades humanas previas, el ecosistema está alterado respecto a lo que era su estructura primigenia y que algunas especies, por su fragilidad o por el uso humano no tengan una evolución adecuada y haya necesidad de favorecer su mantenimiento.
Puede bastar simplemente con controlar el estado de la conservación con un plan de gestión que permita su recuperación o que esté en tan malas condiciones que haga necesario un plan de recuperación, incluso con reproducción en espacios especialmente seleccionados. Este sistema puede ser necesario incluso para las especies que no peligran de una extinción inmediata, pero que presenten una gran vulnerabilidad a las condiciones medioambientales en esos ecosistemas alterados: En todo caso el objetivo a medio plazo es que se recuperen, reinsertarlos en el ecosistema al que pertenecen y que allí se autoprotejan.
Claro está que en la realidad hay muchos ecosistemas totalmente alterados por el hombre o los fenómenos naturales y puede haber en esas zonas alteradas especies con un nivel muy importante de deterioro de su territorio y que si no se toman las medidas adecuadas se extinguirán de modo inmediato o a medio plazo y de ahí la necesidad de protegerlas dondequiera que estén
Y así se hace con las en peligro de extinción y vulnerables..
Ese el papel de las catalogaciones: permitir actuaciones proactivas para la protección.
En muchas de las críticas al catálogo se revelan errores conceptuales profundos. Todas las especies silvestres han de figurar en un registro público que es el banco de biodiversidad, pero sólo se catalogan aquellas que requieren medidas especiales de protección.
El Catálogo, a diferencia del banco de biodiversidad, tiene el apoyo de un régimen jurídico que permite limitar los usos naturales, y sancionar a los que incumplen la normativa que se establezca para proteger a una determinada especie.
Así las especies catalogadas como amenazadas, ya sean en peligro de extinción o vulnerables, se protegen en todo el territorio, dentro o fuera de espacios protegidos, donde quiera que estén y la protección no solo consiste en multar o denunciar por posible delito ecológico a los que las alteren, molesten o destruyan, sino que exigen que la administración en plazo breve (6 meses paras las ZECs) ponga en marcha planes de recuperación y de reintroducción de las especies de que se trate en cada momento. No es una protección pasiva, sino activa.
Todas las especies silvestres, todas las del banco de biodiversidad, tienen protección pasiva, de tal manera que las que las molesten, destruyan, recojan semillas, etc., pueden ser sancionados administrativamente, pero sólo, a las amenazadas se puede aplicar mediante sentencia judicial las penas por delito ecológico.
Nosotros hemos ido más lejos y hemos catalogado a un conjunto de especies, que sin estar amenazadas son dignas de protección. Cuando están representadas ampliamente en los espacios protegidos exigimos que su estatus y las medidas que demanden se introduzcan en sus PRUGs o planes de gestión de esos espacios. Se trata de especies que condicionan el ecosistema, que actúan como predadores o polinizadores o simplemente con interés histórico y cultural y de ahí una de las categorías del catalogo: las de interés para los ecosistemas.
Sin embargo después de un análisis sistemático se ha visto que algunas especies que tiene el mismo carácter no están bien representadas en los espacios protegidos y por ello creamos la cuarta categoría: de especial protección.
Todo esto es extraño al “mundo científico”, que cree que la protección es poner las especies en una lista, sin una base jurídica que se pueda aplicar, como las situadas en las dos categorías eliminadas por la ley estatal en el territorio ordinario de Canarias. (De hecho, y para finalizar, esa lista existe en el banco de biodiversidad).
44 comentarios:
Se te pueden criticar muchas cosas pero tu altura de miras es indiscutible.Estás por encima de la media de los políticos de Canarias,más bien a años luz, y no es porque seas más inteligente,es porque tienes ética,porque te interesa divulgar,comunicar,transparentar,convencer, de verdad,y eso es tan escaso.
Gracias y ánimo.Ojalá más personas como tu se animen a estar en política.
Según tengo entendido, ha preguntado usted por la posición del Gobierno de Canarias ante los recientes avances científicos que han logrado crear en laboratorio la primera célula artificial, controlada por un genoma sintético, sus implicaciones éticas y sobre el control y límites que deben fijarse para sus posibles aplicaciones. Permítame que la felicite por su audacia y agudeza, pues es sin duda éste un tema que preocupa e inquieta a los canarios, prácticamente no se habla de otra cosa, y más ahora que tenemos 300.000 parados que no tienen con qué llenar su tiempo y que encuentran en los avances científicos un excelente tema de conversación, pero que, no obstante, se sienten desamparados al desconocer qué opina de este particular el grupo de gobierno. Su perspicacia y visión de conjunto de las preocupaciones de los canarios es verdaderamente admirable y, francamente, no entiendo cómo no tiene usted una calle que la homenajee como es debido.
Le advierto que mi capacidad para el sarcasmo es casi inagotable, de modo que si no me ha captado, por favor hagámelo saber, y sigo sin problemas.
Gracias por levantarme 4.000 euros al mes para nada.
¿sarcasmo Ana? ¡¡nada!!
¿ 4000 mil euros? ¿ los tienes tu? yo no he visto esa cantidad en mi nómina jamás... y menos ahora que nos toca bajarnos el sueldo un 15 por ciento
¿ que no te parece importante la ciencia y los avances científicos? tu misma. cada uno es libre de mostrar interés por lo que le parece. y como verás, también de escribir libremente en este blog cuanto quiera.
¡¡no pierdas el sentido del humor!!
Dulce, ¿nunca te has preguntado porque sigues llendo en listas? Pues porque arrastras votos y te crees todo lo que te dicen. Eres perfecta, gracias!
Me identifico totalmente con ANA, es muy fácil decir que no se pierda el sentido del humor cuando tienes asegurado una nomina de 3.147,00€ aproximadamente, que sumándole dietas comisiones, línea teléfono...etc., seguro que se aproxima a los 4000€.
Sr.Dulce ustedes se subieron unilateralmente el sueldo a principio legislatura lo ético seria una bajada de mas de un 15%.Un cordial saludo
En cuanto al Tabobo y su protección no es cierto lo que dices rainman. Trataré de argumentarlo: Basta ver el anexo VI de la ley para comprobar que el Tabobo o sea la abubilla en terminología española la Upupa epops figura como de interés especial amparada por el apartado 4 de la disposición adicional única. Es decir que el tabobo sigue siendo de interés especial. Lo puedes comprobar en la página 15 del Boletín del Parlamento nº 182 de 26 de mayo, casualmente es la última especie de la lista. La crítica indica que no han leído la totalidad de la ley.
¿Unilateralmente? Benchomo, si leyeras este blog sabrías que a Dulce ni le preguntaron
Boletín Oficial del Parlamento de Canarias 26 de mayo de 2010 Núm. 182 / 15 Grupo Subgrupo Nombre Científico Nombre Común
Fauna Mamíferos Grampus griseus Calderón gris
Fauna Aves Himantopus himantopus Cigüeñela común
Fauna Aves Hydrobates pelagicus Almamestre (paiño común, bailarín)
Fauna Mamíferos Hypsugo savii3 Murciélago montañero
Fauna Aves Ixobrychus minutus Avetorrillo común
Fauna Aves Lanius meridionalis4 Alcaudón canario
Fauna Mamíferos Kogia breviceps Cachalote pigmeo
Fauna Mamíferos Megaptera novaeanglicae Yubarta
Fauna Aves Motacilla cinérea Alpispa
Fauna Mamíferos Nyctalus leisleri Nóctulo pequeño
Fauna Mamíferos Orcinus orca Orca
Fauna Aves Parus caeruleus Herrerillo
Fauna Aves Petronia petronia Gorrión chillón
Fauna Aves Phylloscopus canariensis5 Mosquitero canario
Fauna Mamíferos Pipistrellus kuhlii Murciélago de borde blanco
Fauna Aves Pyrrhocorax pyrrhocorax Graja palmera (chova piquirroja, graja)
Fauna Aves Regulus regulus Reyezuelo
Fauna Aves Rhodopechys githagineus6 Pájaro moro
Fauna Mamíferos Stenella coeruleoalba Delfín listado
Fauna Aves Sterna dougallii Garajao rosado
Fauna Aves Sterna hirundo Garajao común
Fauna Aves Sylvia atricapilla Capirote
Fauna Aves Sylvia conspicillata Curruca tomillera
Fauna Aves Sylvia melanocephala Curruca cabecinegra
Fauna Mamíferos Tadarida teniotis Murciélago rabudo
Fauna Aves Tadorna ferruginea Tarro canelo
Fauna Aves Tyto alba Lechuza común
Fauna Aves Upupa epops Abubilla
Lo que dice la Disposición transitoria única de la ley del catálogo es que se mantiene en el Catálogo canario la protección de las especies incluidas en una de las categorías suprimidas, en tanto no se adapte el catálogo nacional a la Ley de Patrimonio Natural y Biodiversidad. Algo de lo más natural, ya que no puede adelantarse al catálogo nacional ni contradecirlo. Una vez se produzca la adaptación del Catálogo Estatal el tabobo perderá su protección.
De todas formas, me estás hablando de una ley publicada el miércoles pasado, cuando el post sobre el tabobo lo publicaste días antes.
Un saludo!
Sin embargo rainman tu hablaste del Tabobo con total contundencia, diciendo que era yo la que me equivocaba. Lo digo no por nada sino para que tengas un poco más de prudencia al hacer tus afirmaciones. Porque te tengo por alguien serio, de los más serios que intervienen en este blog y lo que has escrito estos días no ha sido tan exacto como cabría esperar. Para mi es importante esto. Espero que para ti también y que no te moleste mi opinión sincera.
Opino que lo mas ético en su caso Dª Dulce teniendo en cuenta sus divergencias con sus compañeros de partido, seria abandonar el acta de diputada y el sueldo que conlleva y luchar por sus ideas desde alguna plataforma mas acorde ideológicamente a usted, sin duda no habría nomina ( actualmente cobra 3.147,00€),pero su imagen saldría reforzada ante el pueblo, demostraría que no toda la casta política principalmente busca la comodidad de la poltrona.
Hola tipo normal, perdona pero tu argumentación es un poco pobre, ósea "no estaba de acuerdo asi que me obligan a cobrar mas y no lo deseo que fastidio!".Podrías relatar si conoces las medidas que tomo al respecto Dª Dulce, sabes si renuncio a ese dinero o como servidora publica presento medidas alternativas.
Perdonen por insistir con este tema pero creo que el desmesurado gasto publico de las administraciones esta tambien detras de la grave situacion de Canarias y España
¿Y por qué no te vas tu Benchomo?En el partido necesitamos gente como Dulce,mucho más cercana a los idearios del partido que los que gobiernan ahora.
Creo que Dulce merece cobrar el doble que más de la mitad de sus compañeros.Hay pocos como ella.Habría que pagar a los políticos por orden de capacidad,rendimiento,formación continua,resultados...Entonces tipas como Dulce tendrían que cobrar bastante más.Y no es la única,pero sí de las pocas que siempre está disponible,que argumenta sus ideas,que a veces incluso "duda"no como tu que pareces tan seguro de todo.Que consulta,escucha.Se enfada,se le quita.Una tipa normal de las que me gustan y de las que el pueblo quiere que lo representen.Nada de chulería.Nada de mirar por encima del hombro a los demás.Nada de decir:pues al otro le quitas lo que yo no tengo como haces tu.Falta de respeto no.Cuando tengamos dos políticos o tres disponibles en la red y que no nos hagan la pelota entonces comparamos salarios.
No se puede renunciar al sueldo.Está prohibido.Se puede hacer con él lo que uno quiera pero después de cobrarlo.Seguro que Dulce pertenece a más de una ONG.
Hola, si he faltado respeto a alguien o se ha sentido herido por mis ideas perdon, pero reitero que me parece escandaloso el sueldo de los diputados y politicos en general. Dicen por ahi que me valla pero soy Canario y espero no tener que emigrar por culpa de politicos desastrosos que dilapidan nuestro futuro
Hola militante
No me voy por que, nunca estuve si te refieres a la COCA, reconozco que alguna vez les vote, como reconozco los éxitos de Dulce en el área cultural, lo cual no me impide denunciar lo escandaloso que es la nomina y prebendas de los diputados incluida Dulce
Hola Benchomo. Gracias por estar en mi blog, pero me gustaría saber una cosa: ¿ qué prevendas tenemos los parlamentarios? Aparte del sueldo ¿ qué tenemos?
Pienso que cobrar por asistencia a debates, comisiones y otras reuniones son prebendas, lógicamente supongo que es legal pero moralmente deberían pensar en ahorrar por ahí tambien.En cuanto al recorte de la nomina teniendo en cuenta que se subieron el sueldo un 15% al principio de legislatura en puridad la bajada actual equivale a un 5%.Son datos que leo en prensa de diferentes tendencias. Por supuesto su palabra y opinion tienen mi respeto y la avala su desempeño en gestion cultural.
Agradezco enormemente que me tengas en tan buen concepto; antes de tener una opinión al respecto de este tema leí y comparé todos los documentos a los que hemos hecho referencia. Podré haber cometido cualquier tipo de fallo, pero me resulta algo molesto que afirmes que "no me he leído la ley" o que “no soy todo lo exacto que cabría esperar" cuando escribiste lo del tabobo días antes de que se publicara la ley. Evidentemente yo hacía referencia a la información disponible en ese momento, sin saber que disponías de información privilegiada que ahora has citado una semana después. Creo que desvías la atención Dulce.
Quitando el detalle de que el tabobo mantendrá la protección estatal durante algunos meses más, y una vez revisada de nuevo la documentación disponible, me reafirmo completamente del resto de ideas y opiniones que he escrito. No has hecho referencia aún a ciertas novedades de esta ley, como la de proteger ciertas especies sólo en determinados espacios, cuando anteriormente estaban protegidas per se.
Un saludo
Por lo que veo, en su opinión, el grupo de CC le ofrece más garantías sobre conocimientos de biodiversidad que la comunidad cietífica. ¿Por cierto, un LIC que no esté dentro de los ENP se considera como espacio protegido? ¿Considera CC que el sebadal es un ecosistema digno de proteger? ¿Qué estudios se han empleado en la elaboración del catálogo? ¿No está detrás del catálogo la imposibilidad de realizar el puerto industrial de Granadilla con la legislación actual? ¿Es legítimo legislar ad hoc?
Querido rainman: La contestación a las críticas sobre la manera, prevista en la ley, de compatibilizar la conservación de las especies con ciertos usos o actuaciones, fundamentadas en razones de interés público prioritario, exige una explicación relativamente extensa, ya que medidas de carácter garantista incluidas en la ley están siendo interpretadas de modo contrario a los objetivos buscados y perjudiciales para las especies catalogadas.
Para ello es necesario referirse a la normativa comunitaria y estatal
En primer lugar vamos a referirnos a la Directiva hábitats la 92/43/CEE DEL CONSEJO de 21 de mayo de 1992.
Según su artículo 2 “la Directiva tiene por objeto contribuir a garantizar la biodiversidad mediante la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestre en el territorio europeo.”
En concordancia en su artículo 3 crea la red Natura 2000 “compuesta por los lugares que alberguen tipos de hábitats naturales que figuren en Anexo I y de hábitats de especies que figuran en el Anexo II….”. También se incluyen en la red Natura 2000 las ZEPAS o zonas de protección de aves de la Directiva 79/409/CEE.”
Como puedes ver se acepta que la conservación de las especies de interés prioritario a nivel comunitario utilice como instrumento la protección de los espacios que las albergan.
Inmediatamente puede surgir un posible conflicto cuando una actuación o actividad pretenda afectar a una de esas áreas seleccionadas: las denominadas ZEC o Zonas Especiales de conservación que incluyen esos espacios seleccionados, los denominados LICs o Lugares de Interés Comunitario, y las ZEPAs.
¿Cuál es la solución que plantea a ese posible conflicto la Directiva Hábitats?. La regula en su Artículo 6. Su apartado 3 y 4 señalan lo siguiente:
“3.-Cualquier plan o proyecto que, sin tener relación directa con la gestión del lugar o sin ser necesario para la misma, pueda afectar de forma apreciable a los citados lugares, ya sea individualmente o en combinación con otros planes y proyectos se someterá a una adecuada evaluación de sus repercusiones en el lugar, teniendo en cuenta los objetivos de conservación del lugar y supeditado a lo dispuesto en el apartado 4, las autoridades nacionales competentes sólo se declararán de acuerdo con dicho plan o proyecto tras haberse asegurado de que no causará perjuicio a la integridad del lugar en cuestión y, si procede, tras haberlo sometido a información pública.”
4.-Si, a pesar de las conclusiones negativas de la evaluación de las repercusiones sobre el lugar y a falta de soluciones alternativas, debiera realizarse un plan o proyecto por razones imperiosas de interés público de primer orden, incluidas razones de índole social o económica, el Estado miembro tomará cuantas medidas compensatorias sean necesarias para garantizar que la coherencia global de la red Natura2000 quede protegida. Dicho Estado informará a la Comisión de las medidas compensatorias que haya adoptado.
¿Y qué hace la ley del Patrimonio Natural y de la biodiversidad (ley 42/2007, de 13 de diciembre trasponiendo la Directiva?. Como no podía ser de otra manera, en su artículo 45 en sus apartado 4 y 5 reitera, prácticamente, el mismo texto de la Directiva, que ya hemos incluido, pero en su apartado 6 y 7 amplia esa norma señalando que:“6.- En el caso de que el lugar considerado albergue un tipo de hábitat natural y/o especie prioritaria, señalados como tales en los anexos I y II, únicamente se podrán alegar-para justificar cualquier plan, programa o proyecto que pueda afectar de forma apreciable- las siguientes consideraciones:
a) Las relacionadas con la salud humana y la seguridad pública.
b) Las relativas a consecuencias positivas de primordial importancia para el medio ambiente.
c) Otras razones imperiosas de interés público de primer orden, previa consulta con la Comisión Europea.
7.- La realización o ejecución de cualquier plan, programa o proyecto que pueda afectar negativamente a especies incluidas en los anexos II y IV que hayan sido catalogadas en peligro de extinción, únicamente se podrá llevar a cabo cuando, en ausencia de otras alternativas, concurra alguna de las causas citadas en el apartado anterior. La adopción de las medidas compensatorias se llevará a cabo conforme a lo previsto en el apartado 5.
¿Y qué hace la ley canaria respecto a estos posibles conflictos entre conservación y uso?.
1.- Respecto a las especies en peligro de extinción y vulnerables referirlos directamente a la normativa estatal básica, como no podía ser menos.
2.- Respecto a las especies de interés para los ecosistemas canarios, que como sabemos no son especies amenazadas y por lo tanto no les es aplicable la misma normativa, además de señalar la aplicación del régimen general de protección del artículo 54, extiende el régimen protector comunitario para las incluidas en la red Natura a todas las incluidas en la totalidad de los espacios protegidos canarios, que como se sabe cubren el 42% de territorio insular.
Así se señala que “en los supuestos de actuaciones promovidas por razones de interés público y prioritario que afecten a especies de interés para los ecosistemas canarios, se podrá actuar siempre y cuando no afecten sensiblemente al ecosistema, en los términos establecidos en los apartados 4 a 7 del artículo 45 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre del Patrimonio Natural y la Biodiversidad”.
Curiosamente, esta medida garantista de alto nivel ha sido interpretada como perjudicial para las especies. De no existir ese precepto las únicas limitaciones a esas posibles actividades serían las derivadas de los Planes de ordenación del espacio protegido.
No se ha valorado lo que se ha hecho, que es establecer un control muy fuerte a cualquier iniciativa que pudiera afectar a esas especies, aunque la normativa de ordenación territorial la permitiera, extendiendo la que la ley estatal solo preveía para las incluidas en la red Natura 2000.
Es curioso que este avance haya sido objeto de crítica en vez de una valoración positiva, sólo explicable por el desconocimiento de la normativa estatal y comunitaria.
3.- Respecto a las especies de protección especial en el artículo 3.c) se ha reproducido la normativa estatal de la propia ley del Patrimonio Natural: “artículo 55.3. La inclusión de un taxón o población en el listado de especies silvestres en régimen de protección especial, conllevará la evaluación periódica de su estado de conservación; así mismo en el mismo apartado se señala que le serán aplicables las prohibiciones del 54.1 de la misma ley, titulado “Prohibiciones para las especies incluidas en el listado de Especies silvestres de Protección Especial. Esas dos previsiones son las que se reproducen en la ley canaria, pero sólo se critican en esta y se admiten en la ley básica estatal.
¿ Se desconoce lo que esta ley regula?.
¿Es criticable que extendamos la normativa estatal para especies de protección especial a las de igual denominación en el Catálogo canario. ?
Este es otro punto de la polémica sobre el cual, probablemente, se carece de suficiente información.
Querido Ricardo, en las intervenciones que acabo de escribir contesto a casi todas tus preguntas menos a la última que la contesto ahora: CC nunca legista ad hoc. Legisla para el futuro.
"
Si partiéramos de una situación primigenia, sin previa alteración de origen antrópico, con ello habríamos alcanzado la meta. Pero la realidad es otra; hay ecosistemas que han sido destruidos por motivos agrícolas o industriales o simplemente poblacionales y tampoco los LICs están en perfecta condiciones y por ello hay que bajar el análisis al nivel de les especies."
Creo que su asesor de CC la ha informado mal, o incluso engañado, el párrafo que he copiado no tiene sentido ninguno!!
En fin, autoconvénzanse ustedes si quieren, CC y PP, pero no engañen: el catálogo se aprobó para rebajar la protección a especies como el sebadal (Puerto de Granadilla, y otro en Fuerteventura), el lagarto de la palma (Campos de Golf),...
Vaya, más destrucción. Chiquitos nacionalistas.
DEJEN DE ENGAÑAR. VALE YA, BASTA YA!
Esta frase con que remata su exposición no sé ni cómo calificarla... Dices: Todo esto es extraño al “mundo científico”, que cree que la protección es poner las especies en una lista, sin una base jurídica que se pueda aplicar...
O bien desconoces lo que es el "mundo científico" o bien ya no sabes ni de lo que hablas. Creo que precisamente el "mundo cienfífico" es el "mundo" menos alejado de "bases jurídicas"...
Creo, ante el desconcierto que me creas, que es precisamente el "mundo politico", tú misma y los tuyos quienes se saltan continuamente las bases jurídicas por las que se regula nuestra sociedad.
Querido anónimo efectivamente tu desconcierto es confuso: las reglas de nuestra sociedad son las que se aprueban en el parlamento por nuestros políticos, que son un reflejo de esa sociedad, incluidos los científicos.
He mandado comentarios y no me los ha autorizado, pensaba que era más abierta. Gracias.
En fin, resulta muy difícil entender que lo que ustedes hacen, votan y escenifican en el parlamento de Canarias (cuya sede es un edificio expropiado ILEGALMENTE) es democracia y mucho menos un reflejo de la sociedad. No me haga reír. Cualquiera con dos dedos de frente, ve perfectamente que ustedes votan, viven y en su caso gobiernan para ustedes, ni Canarias, ni democracia.
Qué triste! no?
Lo que es triste es lo tuyo Latex, que prejuzgues todo porque durante un fin de semana no cuelgue tus opiniones que no había visto porque estaba de viaje...
Y que triste que creas eso del parlamento de Canarias.
Y qué pena que quieras seguir equivocado.
Para cerrar el debate sólo quiero expresar que todo este embrollo del nuevo catálogo ha sido propiciado por la tozudez del sebadal para impedir la construcción del nuevo puerto de Granadilla. Si no hubiera existido tal proyecto, jamás hubiéramos debatido ni se hubiera promulgado un nuevo catálogo. Así que blanco y en botella...
Lo que si ha quedado demostrado con argumentos es las numerosas razones por las cuales Canarias necesitaba una ley como la que hemos aprobado: por la conservación de nuestra biodiversidad.
Qué mitinero le ha quedado eso que ha dicho allá arriba: "CC nunca legista ad hoc. Legisla para el futuro."
¡Eso no se lo cree ni usted misma!
Hoy se anuncia la reapertura de las obras del Puerto de Granadilla para la semana que viene, y todo "por un problema que había con el medio ambiente", Pedro Rodríguez Zaragoza dixit.. Como si ya no hubiera dicho problema con el medio ambiente. Para eso se inventaron el nuevo catálogo de especies protegidas. Para eliminar "el problema que había con el medio ambiente".
CC nunca legisla, ad hoc, solo cuando le robaron los inmuebles a sus legítimos dueños para ampliar el parlamento y en connivencia con las demás fuerzas del arco parlamentario. Que falta hace en Canarias nuevas caras en la política
Coincido en que lo del Parlamento estuvo mal, pero no fue una ley.
Dulce no hace falta tanta precisión, pues quedo muy claro lo que se hizo sea por decreto, orden, ley..etc.
benchomo ¿les robaron?Pero si han cobrado 10.000millones de las antiguas pesetas!!!Jesus señor.
Exactamente "asombrado lector"y ese dinero salio de tus impuestos y de los de todos los ciudadanos por culpa de estos señores (parlamentarios) que son políticos y se saltan el ordenamiento jurídico y el principio de seguridad jurídica a la torera.Por supuesto no hubo dimisiones y no se exigió responsabilidad a nadie.
Benchomo eres como lo que criticas: primero has dicho que fue un robo a los "pobres" propietarios pero luego te contradices a tu mismo y reconoces que se les pago bien y el dinero salió de todos. Luego uno de tus comentarios merece una rectificación por su parte. Lo contrario es demagogia, que como ves no solo se da entre los politicos
Claro que fue un robo a los pobres propietario en sus justos y legales intereses, la justa compensación para algunos llego tan tarde como que ya habían fallecido y por otro lado yo ejerzo mi derecho de repetición de la responsabilidad sobre los políticos, pues el dinero salio del erario publico y ninguno asumió la culpa al menos dimitiendo.
Esta es mi opinión con ella no pretendí atacar a Dulce concretamente pero si a la clase política a la que ella pertenece y tiene su alícuota de responsabilidad.
La señora Sansó murió de vieja.
Dulce ni estaba en el Parlamento ni se la esperaba. O sea no es responsable en absoluto. Ella no.El Psoe tampoco.Los responsables de ese acto tienen nombres y apellidos.Y tampoco actuaron con mala fe.
Es más,Dulce ¿Por qué no contestas tu misma? ¿ tuviste algo que ver?
Pareces un periodista "de estomago agradecido"(asombrado lentor) de los que salen en cuatro o la uno. Si! mejor que conteste Dulce por que tu vehemente defensa de la clase política resulta bastante hipócrita !!ósea los diputados del PSOE no votaron a favor de aquella expropiación¡¡.Te reitero que esto no es un ataque a Dulce, si acaso y creo que lo hizo cuando respondió anteriormente dijo que aquello le pareció mal, supongo que respondió como política, suficiente un cordial saludo
Claro "asombrado protector""no estaba", creo que por aquella época ocupaba cargos de responsabilidad en el gobierno de Martín y no precisamente en virtud de su pasado profesional que es simplemente inexistente
Benchomo
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